presunción iuris tantum en el srs
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Informes de sostenibilidad

El principio de "presunción iuris tantum" en el ESRS

18 de marzo de 2024

Las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NIIF) entrarán en vigor en la UE el 1 de enero de 2024. Aunque las empresas afectadas aún tienen tiempo de realizar los preparativos necesarios para ajustar sus procesos de elaboración de informes a fin de cumplir las normas ESRS, el Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) todavía está elaborando las directrices definitivas.

Una vez finalizado el periodo de consulta pública, el EFRAG ha estado debatiendo el concepto de "presunción iuris tantum". Este artículo analiza este concepto en detalle, examinando el impacto de dicho enfoque y las razones por las que ha polarizado tanto a los consultores.

Materialidad y presunción iuris tantum

El Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) ha publicado 13 borradores de exposición propuestos para las Normas Europeas de Información sobre la Sosten ibilidad (NIIF). Estos borradores son los primeros que, en última instancia, conformarán las normas completas para la elaboración de informes de sostenibilidad a las que estarán sujetas las empresas.

Los 13 proyectos cubren el espectro de temas medioambientales, sociales y de gobernanza que son relevantes para la mayoría de las empresas. ESRS 1 y ESRS 2 abarcan requisitos generales que son obligatorios para todas las empresas, independientemente del sector. Incluyen los principios de información en los que se basa el marco ESRS, incluido el proceso para determinar la materialidad. Aquí es donde entra en juego el concepto de presunción refutable.

En general, hay dos formas de determinar la materialidad:

  1. Las empresas deciden por sí mismas qué temas son importantes.
  2. Se determina un conjunto de temas básicos que son generalmente materiales y obligatorios para todos.

El ESRS adopta el segundo enfoque. Sin embargo, admite omisiones en virtud de una presunción refutable, según la cual las empresas pueden ser excusadas por excluir ciertas revelaciones si pueden justificar la omisión basándose en la falta de importancia.

En el artículo 55 del ESRS 1 Disposiciones generales, las directrices especifican que

"se presumirá que todos los requisitos de divulgación obligatoria establecidos por el ESRS son materiales y, por lo tanto, justifican una divulgación completa...".

Continúa:

"Sin embargo, para considerar los hechos y circunstancias de la empresa y el resultado de su proceso de evaluación, tal presunción es refutable sobre la base de pruebas razonables y fundadas".

Las empresas deben demostrar que un área específica de información no es importante para ellas si omiten información obligatoria. Existe una larga lista de áreas y subtemas que deben tenerse en cuenta para determinar si es verdaderamente importante informar sobre ellos.

Evidentemente, el EFRAG está tratando de incorporar flexibilidad a las normas para adaptarse a una amplia gama de circunstancias, manteniendo al mismo tiempo la universalidad necesaria para alcanzar los objetivos de uniformidad de la información.

¿Qué implicaciones tiene esta pequeña cláusula para las empresas? Aparentemente, muchas.

Implicaciones de la presunción iuris tantum

La presunción iuris tantum es especialmente interesante por las siguientes razones:

  • Contradice los objetivos de las ESRS. En realidad, su objetivo es normalizar las directrices para la elaboración de informes de sostenibilidad y aumentar la transparencia de la gestión y los resultados en materia de ASG.
  • En relación con este último objetivo, la presunción refutable puede utilizarse como un resquicio legal para las empresas que quieran evitar ciertas revelaciones.
  • Crea margen para desviaciones en los informes. Las empresas pueden verlo como una forma de eludir los requisitos de información seleccionando temas que puedan cumplir y encontrando razones para omitir otros.

Se trata de impactos significativos que están directamente relacionados con la eficacia y la viabilidad de la aplicación de las Normas Europeas para la Elaboración de Memorias de Sostenibilidad y que, comprensiblemente, han suscitado debates en muchos círculos.

Otros grupos de interés temen que la carga de la prueba cree más confusión y complique el proceso de información. Se refieren a las prácticas habituales en la elaboración de informes financieros, en las que simplemente se asume que toda la información incluida en un informe es material, y la información omitida es inmaterial.

Última actualización sobre la presunción iuris tantum

El 23 de noviembre de 2022, el EFRAG presentó a la Comisión Europea, para su revisión, los proyectos de norma definitivos propuestos para el ESRS. Entre los cambios introducidos a raíz de los comentarios del público figura la eliminación de la presunción refutable.

Sin embargo, esto no significa que las empresas puedan omitir información a su discreción o que no se puedan hacer excepciones. En el último borrador, dice que las empresas afectadas deben proporcionar la información "independientemente del resultado de la evaluación de materialidad". Si una empresa concluye que un tema no es material y omite toda la información requerida en un ESRS actual, "debe explicar brevemente las conclusiones de su evaluación de materialidad."

Sin embargo, si sólo se excluyen algunos puntos de datos, se considera automáticamente inmaterial. Al informar sobre políticas, acciones y objetivos, si la empresa informadora no puede cumplirlos debido a la ausencia de los mismos, deberá indicarlo. Se permite cierto margen de maniobra para las métricas y los objetivos, ya que las empresas pueden incluir u omitir información en función de su evaluación de la materialidad.

El futuro del ESRS

Una vez sometidas a examen las normas finales sugeridas, las empresas tendrán noticias de una decisión sobre la adopción de las ESRS a mediados de 2023, después de que la Comisión Europea delibere sobre ellas con otras agencias de la UE y los Estados miembros.

Una vez adoptadas, los Estados miembros serán responsables de garantizar su aplicación y velar por su cumplimiento dentro de sus propias jurisdicciones. Mientras tanto, se estudiará un conjunto de normas sectoriales específicas, así como un suplemento para las pequeñas empresas.

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